EMERGENCIA SOCIAL: ¿SALUD PARA TODOS? O ¿SALUD PARA UNOS?*
“La libertad y la salud se asemejan: su verdadero valor se conoce cuando nos faltan”.
Henri Becque
Frente a la difícil situación de salud por la que atraviesa Colombia y los altos índices de desempleo y pobreza, escondidos con estadísticas (pero que saltan a la vista cada vez que caminamos por una calle o transitamos una avenida), surge un agravante que sugiere olvidar la poca ética y dignidad humana, producto de la entrada en vigencia de los decretos de emergencia social, los cuales no tienen mal nombre, si la pretensión es sacarle más lágrimas al pueblo y aumentar su estado de “emergencia social”.
A razón de los debates sobre la aprobación o no de estos decretos, emerge la necesidad de indagar a profundidad en la problemática colombiana y preguntar entonces ¿qué se le augurará a los colombianos en materia de atención, si difícilmente un diagnóstico complejo, podrá ser llevado a cabo por especialistas? El panorama no será el mejor dado que la prioridad serán los servicios de baja complejidad, que sí son necesarios, pero no los que al final arrojan las respuestas mas certeras a las necesidades de salud de los pacientes.
Lo dicho, adula al Plan Obligatorio de Salud (POS), el cual tiene más exclusiones en materia de medicamentos, intervenciones y procedimientos, de las que incluye, teniendo en cuenta si se “paga la seguridad social o no”; para ello, basta hojear el listado de medicamentos, intervenciones y procedimientos, que deja clara la desigualdad entre contributivo y subsidiado. Esto apunta entonces a que el derecho a recibir un servicio “justo” según las necesidades, se gana por la capacidad de aporte al sistema. Sin embargo, la Corte Constitucional con su pronunciamiento bastante progresista, en la sentencia T- 760/08, invoca la unificación de los Planes Contributivo y Subsidiado, y por ende la nulidad de la inequidad en cuanto a los alcances del POS; esto permite fijar la mirada a esa igualdad que como personas, sin importar colores, raza, sexo, etc., proferimos; empero, hasta julio no sabremos de tal unificación. Además de progresista, es un pronunciamiento totalmente aceptable en términos de igualdad, pero ¿qué pasaría si de acordarse la emergencia social, se llevaría también a cabo la reducción del listado de medicamentos y otros, accesibles a los beneficiarios del sistema de salud? Esto es una real preocupación, partiendo de la desigualdad socioeconómica de la población colombiana, que tendrá que enfrentarse parcial o totalmente, a tener que asumir lo que quede por fuera del POS: ¿Dónde queda entonces la obligación del Estado como garante de salud? ¿Dónde quedan los que no tienen empleo? ¿Dónde quedan los que sí tienen, pero dado el costo de la canasta familiar, la manutención de los servicios del hogar, la educación de los hijos, además de los mismos aportes de salud, no les alcanza el salario mínimo? No es satisfactorio buscar el apoyo y aceptación del pueblo, con planteamientos como la nivelación en atención médica de pobres con más pobres, con el apoyo de los “no pobres”, si en el fondo se seguiría gestando el detrimento de la población en términos económicos y, con ello lo social y lo humano; y es que las evidencias están: la reforma al POS, por parte del gobierno, según fallos de tutela del tribunal, no se ha asomado por ningún lado. Entonces, ¿cómo es que se pide apoyo a los colombianos si se desconocen los pronunciamientos del tribunal y también de las Altas Cortes?
Pero a lo anterior, se suma algo más, y es la pretensión de coartación de la emancipación médica, lo que se catalogaría fácilmente como un atentado a la medicina, que marcaría un “significativo” precedente, si bien, en ninguna nación democrática se ha dado. ¿En dónde quedó la concepción de salud (en términos de dádiva) como un servicio para el ser humano, en el que se traducía el derroche económico en bienestar y no en producto comercial, si ahora lo que por fin está quedando al aire es la concepción de salud con eje economicista? No es una conclusión errada, pues el sistema político colombiano, enfatiza inversiones en la forma más que en el fondo, lo que nos lleva entonces a inferir que la crisis del sector en Colombia, se abduce de los pagos de atención No POS, pero sí apunta a la inversión mayoritaria en términos administrativos y no asistenciales. Así pues, se requiere fijar la vista hacia el “manejo” financiero de los recursos de salud.
Ahora bien, no se puede dejar de lado el papel de la Ley 100, tan necesitada de una reforma, con la que la oferta de salud quedó organizada en paquetes y planes, los contribuyentes, los subsidiados y los que quedan por fuera por no tener capacidad de pago, por lo que “su salud depende de los situados fiscales, municipal y departamental, y otros recursos presupuestales de nivel local y regional”[1]. En este orden de ideas el factor controlador se define por los precios de los paquetes, considerando la salud como un producto; esta presencia del dinero y del interés por el mismo, empiezan a regular la oferta y la demanda de los servicios de salud, definiendo con la ganancia la permanencia de una empresa que preste el servicio. Esta ley requiere un estudio racional y profundo, y no con golpes de mesa y decretos con visión de túnel e ilógica de lo que sería el futuro de la población en materia de salud.
Pero el panorama ha cambiado y ya se ven otras luces, tocará seguir preguntándose: ¿Qué pretendía el Ministerio de la Protección Social con los decretos de emergencia? ¿Quería acaso el Estado olvidarse de su papel como padre protector y garante de los derechos subjetivos de los coasociados? Son muchos los interrogantes que pueden surgir, pero difíciles las respuestas sino se miran desde el punto crítico todas las situaciones que circundan los indicios del poder y sus decisiones mismas. Por eso hay que aplaudir el alentador arranque de las ponencias NO a favor de la emergencia social y del informe emitido por el Magistrado Jorge Iván Palacio, sobre la inconstitucionalidad de ésta, que alientan a la vez a esperar casi que desmesuradamente el 19 de abril, día en que la Corte dictará su fallo. Se sabe que los argumentos a favor no darán espera, pero como “La salud de los colombianos se debe poner por encima de cualquier tema político”, tal como lo afirma el jefe de gobierno, no se puede llevar entonces a su politización sino por el contrario a su humanización, hecho por el cual, no hay que caer en contradicciones. En esta instancia, se encienden las veladoras a favor de la emergencia y en contra de ella, ya le queda a la alta Corte, el papel de emitir lo inexequible o exequible de la emergencia social; mientras tanto, los colombianos contienen la respiración a la espera del dictamen que permita suspirar diciendo: “Señoras y señores, la salud, es para todos”.
*LOAIZA SIERRA, Rosa Milena. Fonoaudióloga, egresada de la Universidad de Sucre, Colombia, Registro de la Asociación Colombiana de Fonoaudiólogos. ASOFONO. Estudios no Superiores en Salud Ocupacional.
Referencias Bibliográficas:
[1] RICO VELASCO, Jesús, Neoliberalismo, salud pública y atención primaria: Las contradicciones en el paradigma de salud para todos. Universidad del Valle, Cali. 2002. Ph.D. Profesor Titular, Director Escuela de Salud Pública, Facultad de Salud.